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La
O.M.
de 20/10/91 (B.O.E. 1/11/91) recalca
cómo "Esta responsabilidad de
actuar directamente sobre objetos originales
irremplazables, a menudo únicos y de
gran valor señala la diferencia entre
esta profesión y aquellas otras puramente
artísticas o artesanales ..." Basándose
en lo establecido en esta Orden, el perfil
profesional del conservador-restaurador queda
perfectamente
reflejado en el Decreto
110/2001 que regula nuestro
currículo, en el que se indica que:
"Las
normas dictadas por la UNESCO y por el Comité de
Conservación del ICOM (Consejo Internacional
de Museos) para la formación y actuación
de los especialistas de la conservación
y restauración, permiten establecer con
claridad el perfil de los profesionales que
demanda la sociedad actual y las necesidades
del patrimonio histórico mundial. La actividad
del conservador-restaurador consiste, por una
parte, en el examen técnico, la preservación
y la conservación-restauración
de los bienes culturales. Una vez determinada
la estructura original, los componentes del objeto,
el deterioro, alteraciones y pérdidas,
debe concretar la acción en la conservación
para retardar o prevenir el deterioro, o en la
restauración, sacrificando el mínimo
de su integridad estética e histórica.
Por otra parte, el conservador-restaurador es
un agente básico en todo proceso de actuación
sobre el patrimonio histórico, en razón
del papel que desarrolla entre documentalistas,
químicos, físicos, biólogos
y conservadores para establecer la diagnosis
previa a cualquier actuación. Una vez
establecida la diagnosis, le corresponde ensamblar
los datos procedentes de los diversos campos,
establecer las propuestas globales de tratamiento
e instrumentar las conclusiones de los profesionales
de las distintas disciplinas que intervienen
en el proceso."
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