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Convocatorias |
Los
alumnos dispondrán de un límite de cuatro
convocatorias para superar cada asignatura (R.D. 1387/1991,
de 18 de septiembre, art. 8).
No sera admitida la matrícula en el Centro cuando el alumno haya agotado en una asignatura las cuatro convocatorias correspondientes, excepto que formulen previamente ante el Director del Centro la solicitud personal de convocatoria extraordinaria durante el mes de septiembre. En este caso, la matrícula estará condicionada a la resolución positiva de la citada convocatoria extraordinaria y a la superación del examen.
Si
el alumno realizara el traslado de su expediente académico
a la Escuela Superior de Conservación y Restauración
de Bienes Culturales de Madrid, se le computarán
las convocatorias que hubiese agotado en el centro
de procedencia.
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Años
de permanencia
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En ningún caso la
permanencia del alumno en la Escuela podrá exceder los cinco cursos académicos por especialidad. (R.D. 1387/1991, de 18 de septiembre, art. 8).
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Promoción
al curso superior:
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| La
calificación negativa en más de dos asignaturas
impedirá la promoción de un alumno al curso
superior. |
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Anulación
de convocatorias |
Los
alumnos podrán solicitar la anulación de
convocatorias en los casos de enfermedad grave debidamente
justificada u otra causa debidamente acreditada. Las solicitudes
de anulación serán presentadas al Director
de la Escuela, quien podrá recabar los informes que estime pertinentes a efectos de su oportuna concesión o denegación, antes del uno de enero o el uno de abril, según se trate de asignaturas de carácter cuatrimestral o anual, respectivamente.
Para la convocatoria extraordinaria (septiembre) las solicitudes de anulación serán presentadas antes del uno de julio.
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Anulación
de matrícula |
El
alumno oficial podrá solicitar al Director del
Centro la anulación de matrícula en los supuestos de enfermedad u otra causa justificada que merezca análoga consideración. La solicitud será presentada al director antes del uno de febrero.
Para los alumnos a quienes se les conceda la anulación o renuncia de matricula, el futuro reingreso estará condicionado a las plazas disponibles una vez matriculados los alumnos que por curso tienen derecho.
La anulación o renuncia de matrícula no supone en ningún caso la devolución de tasas abonadas.
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Convalidaciones
de asignaturas |
A
lo largo del mes de octubre, los alumnos que deseen convalidar
asignaturas a través del centro, pueden presentar
las correspondientes solicitudes en Secretaría.
Deberán
ir acompañadas
de fotocopia compulsada de la certificación académica
personal correspondiente y de fotocopias compulsadas
de los temarios de las asignaturas cursadas. Las solicitudes,
acompañadas de un informe de la Jefatura de Estudios,
serán remitidas para su resolución al Ministerio
de Educación y Cultura. |
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Elección
de especialidad |
Los
alumnos de primer curso solicitarán especialidad
en el mes de mayo, indicando, por orden de preferencia,
las
cuatro especialidades que se imparten en la Escuela.
En aquellas especialidades en que haya más solicitudes
que plazas ofertadas, la adscripción de alumnos
se decidirá por orden de la nota media
del primer curso (contando las convocatorias de junio y de septiembre).
Una vez que todos los alumnos de 1º de esta Escuela hayan sido adscritos a
una especialidad, se ofertarán las plazas vacantes. |
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Asignaturas
progresivas |
Para que un alumno pueda ser calificado en las asignaturas de contenidos progresivos, deberá haber aprobado las de cursos previos que formen parte de la indicada progresión. En el caso de no superación de dichas asignaturas, la correspondiente del curso que se califica deberá figurar como pendiente de prelación. (Orden 5093/2003 de 4 de septiembre, B.O.C.M. de 23 de septiembre de 2003).
Para una mayor información en la Biblioteca de la Escuela se encuentran a disposición del alumnado, junto a otra documentación de interés, las Instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes por la que se regulan la organización y funcionamiento del Centro, junto con la citada Orden 5093/2003 de la Comunidad de Madrid, que regula el proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado.
Más información
sobre las asignaturas progresivas
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