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 Convocatorias

Los alumnos dispondrán de un límite de cuatro convocatorias para superar cada asignatura (R.D. 1387/1991, de 18 de septiembre, art. 8).

No sera admitida la matrícula en el Centro cuando el alumno haya agotado en una asignatura las cuatro convocatorias correspondientes, excepto que formulen previamente ante el Director del Centro la solicitud personal de convocatoria extraordinaria durante el mes de septiembre. En este caso, la matrícula estará condicionada a la resolución positiva de la citada convocatoria extraordinaria y a la superación del examen.

Si el alumno realizara el traslado de su expediente académico a la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de Madrid, se le computarán las convocatorias que hubiese agotado en el centro de procedencia.

 Años de permanencia

En ningún caso la permanencia del alumno en la Escuela podrá exceder los cinco cursos académicos por especialidad. (R.D. 1387/1991, de 18 de septiembre, art. 8).

 Promoción al curso superior:

La calificación negativa en más de dos asignaturas impedirá la promoción de un alumno al curso superior.
 Anulación de convocatorias

Los alumnos podrán solicitar la anulación de convocatorias en los casos de enfermedad grave debidamente justificada u otra causa debidamente acreditada. Las solicitudes de anulación serán presentadas al Director de la Escuela, quien podrá recabar los informes que estime pertinentes a efectos de su oportuna concesión o denegación, antes del uno de enero o el uno de abril, según se trate de asignaturas de carácter cuatrimestral o anual, respectivamente. 

Para la convocatoria extraordinaria (septiembre) las solicitudes de anulación serán presentadas antes del uno de julio.

Anulación de matrícula

El alumno oficial podrá solicitar al Director del Centro la anulación de matrícula en los supuestos de enfermedad u otra causa justificada que merezca análoga consideración. La solicitud será presentada al director antes del uno de febrero.

Para los alumnos a quienes se les conceda la anulación o renuncia de matricula, el futuro reingreso estará condicionado a las plazas disponibles una vez matriculados los alumnos que por curso tienen derecho.

La anulación o renuncia de matrícula no supone en ningún caso la devolución de tasas abonadas.

 Convalidaciones de asignaturas
A lo largo del mes de octubre, los alumnos que deseen convalidar asignaturas a través del centro, pueden presentar las correspondientes solicitudes en Secretaría. Deberán ir acompañadas de fotocopia compulsada de la certificación académica personal correspondiente y de fotocopias compulsadas de los temarios de las asignaturas cursadas. Las solicitudes, acompañadas de un informe de la Jefatura de Estudios, serán remitidas para su resolución al Ministerio de Educación y Cultura.
 Elección de especialidad
Los alumnos de primer curso solicitarán especialidad en el mes de mayo, indicando, por orden de preferencia, las cuatro especialidades que se imparten en la Escuela.
En aquellas especialidades en que haya más solicitudes que plazas ofertadas, la adscripción de alumnos se decidirá por orden de la nota media del primer curso (contando las convocatorias de junio y de septiembre).
Una vez que todos los alumnos de 1º de esta Escuela hayan sido adscritos a una especialidad, se ofertarán las plazas vacantes.
 Asignaturas progresivas

Para que un alumno pueda ser calificado en las asignaturas de contenidos progresivos, deberá haber aprobado las de cursos previos que formen parte de la indicada progresión. En el caso de no superación de dichas asignaturas, la correspondiente del curso que se califica deberá figurar como pendiente de prelación. (Orden 5093/2003 de 4 de septiembre, B.O.C.M. de 23 de septiembre de 2003).

Para una mayor información en la Biblioteca de la Escuela se encuentran a disposición del alumnado, junto a otra documentación de interés, las Instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes por la que se regulan la organización y funcionamiento del Centro, junto con la citada Orden 5093/2003 de la Comunidad de Madrid, que regula el proceso de evaluación, acreditación académica y movilidad del alumnado.

Más información sobre las asignaturas progresivas