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La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE, Boletín Oficial del Estado de 4 de octubre) define en su artículo 49 los estudios de conservación y restauración de bienes culturales como estudios superiores, ubicados dentro de las enseñanzas de régimen especial (Título II) en las enseñanzas artísticas (Capítulo Primero) como enseñanzas de artes plásticas y diseño (Sección tercera).

Según el referido artículo "Los estudios correspondientes a la especialidad de Conservación y Restauración de Bienes Culturales tendrán la consideración de estudios superiores. Los alumnos que superen dichos estudios obtendrán el titulo de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que será equivalente, a todos los efectos, al título de Diplomado Universitario"

El Real Decreto 1387/1991 de 18 de septiembre (Boletín Oficial del Estado de 30 de septiembre), dictado en desarrollo de la LOGSE, aprueba las enseñanzas mínimas del currículo de conservación y restauración de bienes culturales estructurando su plan de estudios, regula la prueba de acceso (requisitos académicos, ejercicios, calificaciones..), y establece las normas básicas para la evaluación. Asimismo, atribuye a cada Administración educativa, en su ámbito territorial de gestión, el desarrollo y aplicación de lo establecido en la norma.

La Orden de 28 de Octubre de 1991, por la que se aprueba el currículo y se regulan las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales (Boletín Oficial del Estado de 1 de noviembre), afectó a nuestra Escuela como centro del ámbito territorial del Ministerio de Educación y Cultura hasta que, mediante el Real Decreto 926/1999, de 28 de Mayo (Boletín Oficial de Estado de 23 de junio), se traspasaron a la Comunidad de Madrid, entre otras, las competencias, funciones y atribuciones de la Administración del Estado en materia de Educación.

Actualmente, el currículo de las Enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de nuestra Escuela se establece mediante el Decreto 110/2001, de 5 de julio, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 30 de julio) que, como Administración educativa competente, desarrolla las enseñanzas mínimas fijadas por el Ministerio.