|
La
Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General
del Sistema Educativo (LOGSE, Boletín Oficial del Estado
de 4 de octubre) define en su artículo 49 los estudios de
conservación y restauración de bienes culturales como
estudios superiores, ubicados dentro de las enseñanzas de
régimen especial (Título II) en las enseñanzas
artísticas (Capítulo Primero) como enseñanzas
de artes plásticas y diseño (Sección tercera).
Según
el referido artículo "Los estudios correspondientes
a la especialidad de Conservación y Restauración de
Bienes Culturales tendrán la consideración de estudios
superiores. Los alumnos que superen dichos estudios obtendrán
el titulo de Conservación y Restauración de Bienes
Culturales, que será equivalente, a todos los efectos, al
título de Diplomado Universitario"
El
Real Decreto
1387/1991 de 18 de septiembre (Boletín Oficial
del Estado de 30 de septiembre), dictado en desarrollo de la LOGSE,
aprueba las enseñanzas mínimas del currículo
de conservación y restauración de bienes culturales
estructurando su plan de estudios, regula la prueba de acceso (requisitos
académicos, ejercicios, calificaciones..), y establece las
normas básicas para la evaluación. Asimismo, atribuye
a cada Administración educativa, en su ámbito territorial
de gestión, el desarrollo y aplicación de lo establecido
en la norma.
La
Orden
de 28 de Octubre de 1991, por la que se aprueba
el currículo y se regulan las enseñanzas de Conservación
y Restauración de Bienes Culturales (Boletín Oficial
del Estado de 1 de noviembre), afectó a nuestra Escuela como
centro del ámbito territorial del Ministerio de Educación
y Cultura hasta que, mediante el Real Decreto 926/1999,
de 28 de Mayo (Boletín Oficial de Estado de 23 de
junio), se traspasaron a la Comunidad de Madrid, entre otras, las
competencias, funciones y atribuciones de la Administración
del Estado en materia de Educación.
Actualmente,
el currículo de las Enseñanzas de Conservación
y Restauración de Bienes Culturales de nuestra Escuela se
establece mediante el Decreto
110/2001, de 5 de julio, de la Consejería
de Educación de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. de 30 de
julio) que, como Administración educativa competente, desarrolla
las enseñanzas mínimas fijadas por el Ministerio.
|